21 de mayo de 2015 – Pacific Rubiales Energy Corp. (en adelante “PREC” o la “Compañía”), respecto del comunicado de prensa publicado por la Compañía en SIMEV el 20 de mayo de 2015 relacionado con el resultado de la etapa de negociación exclusiva con ALFA S.A.B. de C.V., Harbour Energy Ltd. y Harbour Energy L.P., informa al mercado que la Circular de Poderes para la Asamblea de Accionistas de PREC (la “Circular”) que se realice para efectos de considerar y someter a aprobación el Acuerdo de Arreglo tratará y desarrollará en detalle, entre varios otros, los siguientes puntos:
(i) La información referente al efecto, funcionamiento y mecanismos a disposición de los accionistas para la evaluación y eventual aprobación del Acuerdo de Arreglo.
(ii) El procedimiento que deberá surtirse una vez la asamblea de accionistas, de ser el caso, apruebe el acuerdo de arreglo con las mayorías requeridas.
(iii) Las autorizaciones que deberá obtener PREC de acuerdo con las normas canadienses, así como el procedimiento que tendrán que adelantar los accionistas colombianos para obtener la contraprestación de la negociación, aclarando que, bajo las leyes canadienses, el acuerdo de arreglo constituye una modalidad de oferta pública (OPA), y
(iv) Los parámetros para determinar a los accionistas minoritarios así como los mecanismos de protección que los accionistas minoritarios tienen bajo las leyes canadienses y colombianas.
La Circular está en proceso de elaboración y será publicada, de manera simultánea en Colombia y Canadá como se ha indicado en el comunicado de prensa del 20 de mayo de 2105, a principios del mes de junio. En la misma se establecerá, entre otros, la fecha de la reunión extraordinaria de la Asamblea en la que se considerará y someterá aprobación el Acuerdo de Arreglo.
En cumplimiento de la normativa vigente del mercado de valores en Canadá, la información para los accionistas debe ser completa, oportuna y divulgada de manera integral y en este sentido la Circular es el documento procedente para poner a disposición de los accionistas y el público general la información arriba relacionada, preservando así el principio de simetría y equidad de información entre el mercado colombiano y canadiense.